Tamaulipas

En 90 días, arranca la Guardia Estatal

Por Daisy Verónica Herrera Medrano

La Guardia Estatal entrará en funciones en máximo 90 días, los policías que emigren a la Guardia conservarán sus derechos y grados

Ciudad Victoria, Tam.- La Guardia Estatal entrará en vigor en un plazo no mayor a noventa días naturales, a partir del miércoles 09 de noviembre en que, se publicó el decreto de su creación.

En estos tres meses, se realizarán las acciones jurídicas y administrativas inherentes a la integración, organización y funcionamiento de la Guardia Estatal.

Deberán adecuarse los reglamentos, estructura orgánica y demás normatividad aplicable, a efecto de que se adopten las funciones ejercidas por la Policía Estatal.

Las personas integrantes de la Policía Estatal que se transfieran a la Guardia Estatal, conservarán su haber, prestaciones o percepciones de cualquier tipo.

Además, conservarán el reconocimiento de su antigüedad en el servicio y en el grado, para los efectos de otorgamiento de grados.

Es decir, será respetada la escala jerárquica de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento del Servicio Profesional de Carrera Policial.

Durante la transición, las personas integrantes de la Policía Estatal continuarán sujetos al régimen disciplinario vigente.

Es decir, respetarán lo que marcan la Ley de Seguridad Pública, del Reglamento del Servicio Profesional de Carrera Policial y del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública.

Además, tendrán las mismas obligaciones y prohibiciones que las dispuestas para la Guardia Estatal.

¿Cómo convertirse en Guardia Estatal?

Los nuevos ingresos, así como, quienes transiten de la Policía Estatal a la Guardia, deberán cumplir con la evaluación de control de confianza.

Así mismo, deberán cumplir con los requisitos que establece la Ley de Coordinación del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Tamaulipas y en el Reglamento del Servicio Profesional de Carrera.

A diferencia de las funciones de los policías estatales, ahora los guardias estatales, podrán verificar que los vehículos cuenten con el engomado expedido por la Secretaría de Finanzas y la póliza de seguro vigente de responsabilidad civil por daños a terceros, bienes y personas y gastos médicos ocupantes.

En caso de que el vehículo o el poseedor del mismo, no cuenten o no exhiban la póliza de seguro vigente o con el engomado referido según sea el caso, se emitirán las sanciones correspondientes.

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