Política

PAN y aliados logran que SCJN tumbe reforma electoral

Por: Daisy Verónica Herrera Medrano

La SCJN invalidó por completo la reforma al Código Municipal de Tamaulipas al considerar que fue aprobada durante la veda legislativa previa al proceso electoral.

 

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación dejó sin efectos la totalidad del Decreto 66-1146 aprobado por el Congreso de Tamaulipas, al determinar que el Legislativo local modificó el Código Municipal cuando ya había iniciado la restricción constitucional para cambiar las reglas fundamentales antes del proceso electoral.

La resolución representa un revés para el Congreso tamaulipeco y da la razón a las impugnaciones promovidas por PAN, PT, PRI y SOMOS, partidos que cuestionaron la reforma ante el máximo tribunal.

La presidenta del PAN en Tamaulipas, Gloria Garza Jiménez, destacó la resolución y sostuvo que el fallo confirma la relevancia de los recursos presentados por los partidos de oposición.

El punto central de la sentencia, sin embargo, no fue determinar si las restricciones establecidas en el decreto eran constitucionales o no. La Corte invalidó la reforma por la forma y el momento en que fue aprobada.

El Decreto 66-1146 fue publicado el 1 de julio de 2026, dentro del periodo de 90 días previo al inicio del proceso electoral local 2026-2027. Bajo ese criterio, el Congreso ya no contaba con facultades constitucionales para modificar de manera fundamental las reglas aplicables a los comicios.

La reforma había generado controversia porque establecía nuevas restricciones para integrar o permanecer en un Ayuntamiento.

Entre ellas se encontraban impedimentos para ocupar cargos municipales cuando una persona estuviera sujeta a proceso penal por un delito doloso, tuviera vinculación a proceso y prisión preventiva, además de restricciones relacionadas con sentencias firmes y causales para suspender o revocar determinados cargos.

Esos puntos fueron cuestionados por los partidos opositores bajo el argumento de que podían afectar derechos político-electorales y la presunción de inocencia.

Pero la Corte no entró al análisis de fondo de esas disposiciones. Al invalidar todo el decreto por haber sido aprobado durante la veda legislativa, tampoco estableció que las restricciones fueran inconstitucionales por su contenido.

El fallo tampoco implica que automáticamente vuelvan a aplicarse las disposiciones anteriores del Código Municipal, debido a que éstas se encuentran bajo controversia en otro procedimiento ante la propia Suprema Corte.

Otro punto relevante de la resolución es que la invalidez del decreto no pone en riesgo el desarrollo del proceso electoral 2026-2027 ni genera un vacío jurídico para la elección.

La Corte precisó que los requisitos para acceder a los cargos de elección popular y las disposiciones relacionadas con la suspensión de derechos político-electorales continúan respaldados por la Constitución Federal, la Constitución de Tamaulipas y la legislación electoral vigente que no fue modificada por el decreto.

Con ello, el Decreto 66-1146 queda completamente fuera de aplicación, mientras permanece abierta la discusión sobre la constitucionalidad de fondo de las restricciones que pretendía incorporar al marco municipal de Tamaulipas.

La controversia, por tanto, no termina con esta resolución: el debate sobre esas reglas podrá regresar a los tribunales conforme avance el proceso electoral.

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