ANTÍTESIS
¿Que propone el plan B de la reforma electoral?
Mario Flores Pedraza
Mucho se ha hablado de la reforma electoral y que no obtuvo los votos necesarios para hacer una reforma constitucional, sin embargo, los legisladores de Morena presentaron un plan B para reformar leyes electorales sin análisis ni consensos en fast track.
La iniciativa propone modificar o derogar 255 artículos de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, 48 artículos de Ley General de Partidos Políticos; expide una nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral que tiene 70 artículos, además de modificar 7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y 29 artículos transitorios. La Iniciativa aborda tres temas fundamentales para el Ejecutivo: Ejercicio de Derechos Político-Electorales; Sistema Nacional Electoral y Justicia Electoral.
EJERCICIO DE DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES
Se especifica la entrega de dádivas, bienes o servicios, presiones y condicionamientos del voto de las personas candidatas o partidos políticos durante los procesos electorales.
• Se garantiza el voto de las personas que se encuentran en prisión preventiva.
• Se garantiza el voto de las personas con discapacidad en estado de postración.
• Se facilita el ejercicio del voto de los mexicanos residentes en el extranjero, mediante el uso del internet y al permitir su ejercicio con la presentación de pasaporte o matrícula consular.
• Se garantiza el cumplimiento del principio de paridad de género en elecciones de órganos colegiados y unipersonales, respetando el principio de autodeterminación de los partidos políticos.
• Se garantiza la representación de grupos vulnerables mediante acciones afirmativas para candidaturas de personas jóvenes, indígenas, afromexicanos, personas de la diversidad sexual, migrantes y discapacitados.
• Se establecen límites a las acciones arbitrarias tanto del INE como del TEPJF respecto de interpretaciones ajenas a la ley que han limitado la libertad de expresión, los derechos político-electorales, la autodeterminación de los partidos políticos, entre otros.
• Se establecen diversas medidas para proteger los recursos públicos relacionados con el proceso electoral: se obliga a los legisladores que pretendan reelegirse a separarse de su cargo con el fin de evitar el uso de recursos públicos en sus campañas electorales; se obliga al INE a liquidar y reintegrar en el erario los recursos provenientes de dos fideicomisos constituidos para retener recursos públicos y destinarlos a las personas funcionarias del INE, entre otras medidas.
SISTEMA NACIONAL ELECTORAL
• Se fortalece el Sistema Nacional Electoral integrado por las facultades concurrentes del Instituto Nacional Electoral (INE) como autoridad rectora y los Organismos Públicos Locales (OPL) en las entidades federativas.
• Se compacta la estructura orgánica del INE y de los OPL en función de los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez.
• Los Órganos Distritales pasan de carácter permanente a temporal, lo que reduce su número de 300 a aproximadamente 260 durante periodo no electoral.
• Se elimina la rama administrativa del Servicio Profesional Electoral Nacional.
• Se suprime la franquicia telegráfica de los partidos políticos.
• Se unifica el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) con el cómputo de la elección, que empezará el domingo mismo de la jornada electoral y se transmitirá en tiempo real.
• Se obliga a los órganos electorales a cumplir el mandato del artículo 127 constitucional que ordena que las percepciones salariales de las personas consejeras Electorales, las personas Magistradas Electorales y la totalidad de servidores públicos tanto del INE como del TEPJF sean inferiores al salario del presidente de la República.
• Se modifica el calendario del proceso electoral para compactar procesos y racionalizar los recursos disponibles para el proceso electoral.
• Se fortalece la integración de los órganos centrales con los desconcentrados y los OPL por medio de su revisión normativa y una cadena única de mando para reducir el aparato burocrático y obligar al aprovechamiento máximo de la estructura, personal y en general de los recursos disponibles para la organización electoral.
JUSTICIA ELECTORAL
• Se moderniza y actualiza el sistema de medios de impugnación con una nueva Ley de 70 artículos.
• Se crea el Procedimiento Único de Queja en Materia Electoral, mediante el cual se sustancian y resuelven los asuntos relacionados con la fiscalización y la remoción de consejerías de los OPL, y se deja íntegramente el procedimiento especial sancionador.
• Se consolida y garantiza el juicio en línea, así como la publicación de autos del TEPJF en estrados en línea.
• Se establece la figura de suplencia de la deficiencia de la queja para todos los medios de impugnación.