Los maestros jubilados y pensionados recibirán aumento, anuncia el Secretario General del SNTE Arnulfo Rodríguez
Ciudad Victoria, Tam.- El Profesor Arnulfo Rodríguez Treviño, Secretario General de la Sección 30 del SNTE, informó que todos los maestros jubilados y pensionados de este organismo recibirán un incremento en el monto de sus pensiones a partir del mes de febrero con retroactivo a enero del presente año.
Al ser entrevistado durante el recorrido que hace por la entidad para presentar al Comité Sindical de cada municipio, señaló que en reunión con el dirigente nacional del Magisterio, Alfonso Cepeda Salas, se le informó de este beneficio que recibirán los trabajadores de la educación que se encuentran en este régimen.
En el mes de febrero de cada año, con efectos retroactivos al 1 de enero, el ISSSTE incrementa el monto de las pensiones que se derivan del régimen del “Articulo Décimo Transitorio de la respectiva Ley. El incremento está asociado al Indice Nacional de Precios al Consumidor del año próximo pasado, que de acuerdo a los datos publicados por el INEGI es de 7.82%, por lo que, las pensiones para el 2023 se actualizarán de acuerdo a este porcentaje.
1.- Las pensiones otorgadas antes del 5 de enero de 1993 incrementarán al mismo tiempo y en la misma proporción que los sueldos básicos de los trabajadores en activo.
2.- Las pensiones otorgadas entre el 5 de enero de 1993 al 31 de diciembre de 2000, se actualizan conforme al incremento que tenga la Unidad de Medida y Actualización, la UMA. Esto, ya que el 9 de septiembre 2022 se publicó la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación donde indica que este criterio de incremento es obligatorio a nivel federal.
3.- Por último, las pensiones otorgadas a partir del 01 de enero de 2002 a la fecha incrementarán conforme al Indice Nacional de Precios al Consumidor o el incremento del año anterior en la plaza con la cual causaron baja, el que tenga el mayor beneficio para el pensionado.
CALENDARIO DE PAGOS PARA PENSIONADOS Y JUBILADOS 2023
Enero 2 de enero (Incluye segunda parte del aguinaldo)
Febrero 31 de enero
Marzo 28 de febrero
Abril 30 de marzo
Mayo 28 de abril
Junio 31 de mayo
Julio 29 de junio
Agosto 28 de julio
Septiembre 31 de agosto
Octubre 29 de septiembre
Noviembre 31 de octubre
Primera parte de aguinaldo Primera quincena de noviembre
Diciembre 30 de noviembre
Es importante resaltar que en el mes de julio se realiza un pago de nómina adicional a los pensionados que corresponde a 5 días, que equivalen y compensan aquellos meses del año que tienen 31 días.