
La SCJN validó el proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama y revocó el último amparo que protegía a Francisco García Cabeza de Vaca. Con la resolución, queda firme la orden de aprehensión por delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), aprobó con modificaciones y votos concurrentes el proyecto presentado por la ministra Lenia Batres Guadarrama y dejó sin efecto el último amparo que mantenía protegido al exgobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca.
Con esta decisión, el máximo tribunal del país revocó la protección federal concedida previamente y validó la orden de aprehensión librada en su contra por un juez federal con sede en el Estado de México, por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
La resolución marca un punto de quiebre en el proceso penal iniciado tras las denuncias presentadas en 2020 por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) ante la Fiscalía General de la República (FGR).
Durante la discusión del proyecto de sentencia, la ministra Yazmín Esquivel se pronició en contra de la metodología del proyecto de Batres, pues desborda la litis planteada – según su aprecisación -, señala que el proyecto no responde los agravios planteados, sino que se sustituye en el juez de control.
El ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía consideró que la propuesta de sentencia no fija un parámetro constitucional, ya que no desarrolla un criterio con vocación general, sino que lo que hace es verificar si en el caso concreto existen datos de prueba suficientes para la orden de captura, situación que corresponde al juez de control y no a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Por su parte la ministra Loretta Ortiz, si bien, votó a favor del proyecto, consideró que la forma en que está construida la propuesta parecería que este alto tribunal está asumiendo funciones del juez de control y que el analisis debía limitarse a saber si el juzgado de distrito hizo bien en conceder el amparo de la justicia.
El Presidente Hugo Aguilar, abundó en que la SCJN fortaleció la jurisprudencia 28/2020 donde se señala que los jueces de amparo no pueden sustituir al juez de control, sin embargo, sí pueden analizar la legalidad de su ejercicio.
¿Qué decidió la SCJN?
El Pleno determinó que no procede el amparo promovido por el exgobernador tamaulipeco y que la orden de captura cumple con los requisitos constitucionales y legales.
Al quedar firme el mandamiento judicial, las autoridades federales pueden continuar con el proceso penal. Incluso, no se descarta que se reactiven mecanismos de colaboración internacional, como una eventual solicitud de ficha roja ante Interpol.
El contexto del caso
El caso se originó en 2020, cuando la UIF presentó denuncias ante la FGR por hechos que podrían constituir delitos de delincuencia organizada y lavado de dinero.
En 2021, la FGR solicitó a la Cámara de Diputados el juicio de procedencia, que fue aprobado. Posteriormente, un juez federal libró una orden de aprehensión contra el entonces gobernador.
El Congreso de Tamaulipas promovió una controversia constitucional y, en 2022, la entonces Primera Sala de la Corte invalidó la orden al considerar que existió invasión de facultades locales.
Tras concluir su mandato en octubre de 2022, el Ministerio Público solicitó nuevamente una orden de captura por los mismos delitos, la cual fue concedida. El exgobernador promovió diversos amparos hasta que el asunto llegó a la Corte, que ejerció su facultad de atracción por interés y trascendencia.
Con la votación unánime de este martes, la SCJN hizo un pronunciamiento definitivo: la orden de aprehensión es válida y el proceso penal puede avanzar sin el blindaje judicial que lo frenaba.



