Por sequía, se autoriza reducir el agua para uso agrícola y/o industrial, privilegiando el abasto para consumo humano
Ciudad Victoria, Tam.– El Gobierno Federal oficializó la declaratoria de emergencia producto de la sequía que enfrenta la mayor parte del país y donde Tamaulipas no es la excepción.
A partir de ahora, se propone reducir el agua para uso agrícola y/o industrial, privilegiando el abasto para consumo humano.
El martes, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), publicó el “Acuerdo de inicio de emergencia por ocurrencia de sequía severa, extrema o excepcional en cuencas para el año 2022”.
La Comisión Nacional del Agua (Conagua), implementará acciones para garantizar el abasto de agua a la población.
Específicamente se pondrá atención en sitios que presenten condiciones de sequía severa, extrema o excepcional.
Se toma en cuenta para esta declaratoria, los datos del Monitor de Sequía de México.
Estas mediciones indican que existe una disminución en fuentes de abastecimiento para uso público-urbano.
La Conagua puede ejecutar las medidas transitorias concertadas donde se presenten condiciones de sequía severa, extrema o excepcional, contenidas en los Programas de Medidas Preventivas y de Mitigación de la Sequía.
Estos programas, se establecieron previamente de manera democrática con representantes de los tres órdenes de gobierno, usuarios, academia y sociedad.
#ElPuntoEs la @CEAT1 emprende campaña por el cuidado del agua en #Tamaulipas aquí la información que nos da @SalvadorTreGar para @UnoNoticias pic.twitter.com/ne9sMEAawO
— Daisy Herrera (@ReporteraDaisy) July 13, 2022
¿Qué acciones se desarrollarán?
Además de las acciones contenidas en los programas, se podrán convenir limitaciones temporales a los derechos de agua, mediante reducciones de volúmenes a los concesionarios.
Asimismo, establece que, titulares de concesiones para usos industrial y agrícola, podrán proporcionar a terceros sus derechos temporalmente a la Conagua.
Los usuarios que se sumen a las acciones, tendrán como facilidades administrativas, el no ser sujetos de procedimientos administrativos de caducidad.
Estas disposiciones están enfocadas a garantizar la disponibilidad de agua requerida para la población.
Esto significa privilegiar el abastecimiento doméstico y público urbano, tanto en localidades rurales como urbanas.